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El vigente convenio colectivo para el sector del comercio textil en Castellón fue aprobado y publicado en 2019 y mantiene su vigencia en la actualidad, a pesar de haberse cumplido la vigencia temporal acordada inicialmente.
Este Convenio vincula a todas las empresas y trabajadores de la provincia de Castellón, dedicados al comercio textil, ya sea al por mayor o al pequeño comercio.
En el convenio colectivo se regulan derechos varios, si bien, en su contenido mínimo, manteniéndose la garantía ad personam, esto es, el derecho al mantenimiento de las condiciones más beneficios que a nivel individual venían disfrutando los trabajadores del comercio textil con anterioridad a la aprobación de este convenio.
En este artículo repasaremos las condiciones laborales de los trabajadores del comercio textil en la provincia de Castellón y resaltaremos aquellas novedades o particularidades aportadas por el convenio para este sector.
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Convenio colectivo comercio textil en Castellón.
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Contratación temporal en el comercio textil de Castellón
De la lectura del primer tercio del convenio colectivo no se extraen muchas novedades con respecto a los derechos que ya vienen regulados para la generalidad de los trabajadores en el Estatuto de los Trabajadores y normas complementarias.
Independientemente de lo que estipule el Convenio Colectivo mientras no se actualice, los contratos por obra o servicio determinado desaparecerán el 30 de marzo de 2022 con la entrada en vigor de la reforma laboral.
Merece la pena detenerse en el artículo 15 del convenio, ya que limita las causas de contratación por obra o servicio determinado, aviso a navegantes contra el fraude de ley en la contratación temporal. De este modo, el convenio prohíbe expresamente este tipo de contratos temporales para cubrir contratas o subcontratas. Igualmente, describe las situaciones en las que sería válido un contrato por obra o servicio de este tipo:
a) Implantar, desarrollar o implementar programas de calidad, innovación, modernización, adecuación, desarrollo tecnológico,
mejora o seguimiento en cualquiera de las áreas de la empresa, siempre que conlleven una inversión.
b) Atender reparaciones o actuaciones puntuales de adecuación de las instalaciones cuya duración sea incierta.
Lo anterior tampoco no es la panacea en la lucha contra la contratación temporal, puesto que el artículo 14 del convenio amplía hasta los 18 meses la duración máxima de contratos temporales de tipo eventual (por circunstancias de la producción), legalizando o al menos facilitando situaciones en que los trabajadores prestan servicios con contratos de "despido" barato durante un año y medio.
Jornada y horas extra en el sector textil de Castellón
El convenio regula una jornada anual de 1780 horas de trabajo efectivo, por encima de las cuales se considera horas extraordinarias.
De este número, las empresas pueden disponer de un 4% para jornada irregular del trabajador (71,2 horas). Esto es, se podrá exigir, con un mínimo de 5 días de antelación, que el trabajador realice un número superior de horas a las previstas, siempre y cuando, sean compensadas con descansos equivalentes dentro del año natural en que se realicen. El número total de horas irregulares será de 71,20 horas al año).
Trabajo en domingos y festivos: descanso o plus correspondiente
El trabajador y la empresa podrán acordar de mutuo acuerdo el trabajado en domingos y festivos autorizados para la apertura comercial.
El trabajo en domingos y festivos deberá compensarse con 2 días de descanso por cada domingo o festivo trabajado o bien, a elección del trabajador, un plus de 95 euros por cada domingo o festivo trabajado.
Ningún trabajador no podrá trabajador un número superior al 60% de los festivos autorizados para apertura comercial.
Tablas salariales en el convenio del comercio textil de Castellón publicadas en 2022
Ya tenemos nuevas tablas salariales para el sector textil en Castellón, que fueron publicadas el 29 de enero de 2022 en el Boletín Oficial de la provincia. Estas tablas salariales tienen vigencia desde 1 de diciembre de 2021.
Cabe mencionar que el 24 de febrero de 2022 se publicó en el BOE el incremento del Salario Mínimo Interprofesional al 1.000 euros x 14 pagas, es decir, 14.000 euros anuales por debajo de los cuales, no se puede retribuir al trabajador.
Complemento por baja médica y seguro de muerte o incapacidad
En los casos de baja médica, según el convenio para el sector textil en Castellón la empresa viene obligada complementar la prestación por enfermedad hasta alcanzar el 100% del salario del trabajador, siempre durante los 12 primeros meses.
Además, se obliga a la empresa a contratar una póliza de seguro que cubra las siguientes contingencias:
Incapacidad Permanente Total derivada de Accidente de Trabajo o enfermedad profesional = 9.000 euros.
Incapacidad Permanente Absoluta, Gran Invalidez o muerte derivada de Accidente de Trabajo = 18.000 euros.
Muerte por causas naturales = 3.000 euros.
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Ultimamente solo me sale informacion sobre abogado laboralista. Debe ser por que hace poco estuvimos buscando abogado laboralista.
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