Abogado Laboralista en Castellón. Telf. 662061250.
Cuando el trabajador está enfermo y de baja médica (lo que técnicamente se conoce como incapacidad temporal), obviamente está sometido a la supervisión de su médico de cabecera, el médico de la mutua y los inspectores del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), dependiendo de si se trata de enfermedad o accidente común o profesional.
En cualquier caso, como el trabajador no tiene libertad para solicitar altas y bajas médicas; se puede encontrar con un alta médica no deseada por su parte, por considerar que su enfermedad o lesión aún le impiden reincorporarse a su puesto de trabajo.
Esto ocurre con frecuencia transcurridos los 365 primeros días baja, momento en el cual el INSS debe plantearse si prorroga la baja médica al trabajador (con visos a una pronta recuperación o a una incapacidad permanente) o bien le da el alta médica.
Si finalmente el trabajador se decide a reclamar contra el alta médica, lo más importante es tener en cuenta los plazos de reclamación y reincorporación a la empresa, puesto que son muy breves en cualquiera de los casos.
En este artículo veremos las posibilidades de reclamación del trabajador contra el alta médica.
Si necesitas consulta ro contratar aun abogado laboralista en Castellón o provincia, puedes llamarme sin compromiso.
Reclamación contra el alta médica
En caso de alta médica, el trabajador puede reclamar, del siguiente modo:
1 - Si el alta es anterior a los 365 días; mediante el proceso normal de reclamación previa en el plazo 11 días.
2 - Si el alta médica coincide con el cumplimiento de los 365 días de baja; mediante el proceso de disconformidad en el plazo de 4 días.
3 - Si el alta médica es posterior a los 365 días; mediante el proceso normal de reclamación previa en el plazo 11 días.
En cualquier caso, en el plazo de 7 días, el Servicio Público de Salud puede:
- Confirmar el alta médica.
- Discrepar con el criterio del INSS y darle traslado a la Inspección para que prorrogue el alta médica.
- No pronunciarse en cuyo caso se confirma el alta médica.
Si el alta médica es confirmada, el trabajador debe reincorporarse a su puesto de trabajo al día siguiente.
Demanda judicial contra el alta médica
Siempre cabe la posibilidad de impugnar el alta vía judicial, en el plazo de 20 días hábiles. El proceso se tramita de forma urgente.
El mes de agosto es hábil para este tipo de demandas.
Contra la sentencia dictada por el Juzgado, no cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
Abogado Laboralista en Castellón. Telf. 662061250.
Comentarios
Publicar un comentario