Abogado Laboralista en Castellón. Telf. 662061250
Cuando la salud del trabajador no le permite desarrollar con normalidad su profesión, es momento de valorar una posible incapacidad permanente, que dependiendo del grado, comportará una indemnización o una pensión vitalicia al trabajador.
En este artículo voy a explicar los distintos grados de incapacidad permanente a los que puede optar un trabajador dependiendo de su enfermedad o lesiones, y los derechos que confiere cada uno de estos grados. También explicaré en una breves líneas el proceso para solicitar la incapacidad permanente en Castellón.
Si necesitas consultar o contratar a un abogado laboralista en Castellón, puedes ponerte en contacto conmigo sin compromiso.
Grados de incapacidad permanente
Existen cuatro grados de incapacidad permanente:
- La incapacidad permanente parcial; causada por enfermedades o lesiones que limitan (pero no impiden) al trabajador, desarrollar su profesión habitual. Esta incapacidad da derecho a una indemnización a tanto alzado, que se hace efectiva en un único pago.
- La incapacidad permanente total; causada por enfermedades o lesiones que impiden al trabajador desarrollar su profesión habitual, pero no profesiones distintas y compatibles con su enfermedad o lesión. Esta incapacidad permanente da derecho al trabajador a una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora (que se determina con las últimas 96 bases de cotización mensuales), que puede complementar con un salario en profesiones compatibles con su incapacidad. Por poner un ejemplo ejemplo, un taxista que ha perdido un brazo, podría dedicarse a la enseñanza, y complementar la pensión por incapacidad con el salario como docente.
- La incapacidad permanente absoluta; causada por enfermedades o lesiones que impiden al trabajador desarrollar su profesión habitual, así como cualquier otra profesión. Esta incapacidad permanente da derecho al trabajador a una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora (que se determina con las últimas 96 bases de cotización mensuales).
- La gran invalidez; causada por enfermedades o lesiones que impiden al trabajador desarrollar su profesión, y valerse por sí mismo, necesitando de ayuda de una tercera persona para los actos básicos de la vida (vestirse, cocinar, etc). Esta incapacidad da derecho a una pensión del 100% de la base reguladora, así como un complemento para pagar a la persona que se encargue de satisfacer las necesidades del pensionista.
Solicitar la incapacidad permanente en Castellón.
Tanto si quieres solicitar la incapacidad permanente en Castellón, como en cualquier otra provincia, debes presentar una reclamación en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Lo más habitual es que el INSS inicie el expediente de oficio si se está agotando el periodo máximo de 545 de baja médica (incapacidad temporal) y se entra en el periodo de prórroga final de 3 meses (tiempo de descuento).
Esta solicitud de incapacidad permanente, la valorará el Equipo de Valoración de Incapacidades, que emitirá un Dictamen propuesta, el cual:
1. Declarará al trabajador incapacitado, o bien
2. Declarará al trabajador apto para trabajar.
1. Declarará al trabajador incapacitado, o bien
2. Declarará al trabajador apto para trabajar.
En caso de ver desestimada la solicitud inicial de incapacidad permanente, puede presentarse una reclamación previa a la vía judicial, ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Si esta reclamación previa es desestimada, queda abierta la vía judicial, y el trabajador puede presentar una demanda en los Juzgados Sociales, para reclamar su incapacidad permanente.
Conclusiones y valoraciones
Muchos abogados laboralista coincidimos en que actualmente el INSS desestima la mayoría de incapacidades permanente, simple y llanamente porque la Seguridad Social es deficitaria (no hay dinero para pagar pensiones), y de este modo el trabajador se ve obligado a llegar hasta el Juzgado, que es imparcial, funciona de un modo distinto, y concede muchas más incapacidades que el INSS.
Así que salvo que tu enfermedad o lesión deriven en una incapacidad permanente de una lógica aplastante, no te desanimes si te desestiman la misma en la vía administrativa. Consúltame sin compromiso, y valoraremos la posibilidad de presentar una demanda judicial.
Ignacio Solsona
Abogado incapacidad permanente en Castellón.
Abogado Laboralista en Castellón. Telf. 662061250
hola bien explicado ,podria pedir la absoluta si sufri un infarto estube de baja año y medio me dieron el alta y despues de un mes trabajando sufri un sincope trabajando salida de via sin mas consecuencias que materiales, soy conductor profesional camion gran tonelaje,gracias
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