Abogado Laboralista en Castellón. Telf. 662061250. En caso de despido objetivo (por cualquier causa) , la empresa está obligada automáticamente a pagar al empleado despedido una indemnización de 20 días de salario por año trabajado. Además, esta indemnización, debe pagarse necesariamente al trabajador en el mismo momento del comunicación del despido (salvo que exista una acreditada insuficiencia de liquidez para abonarla). Esta indemnización de 20 días, no obstante, puede incrementarse hasta los 45/33 días de salario por año trabajado, para el caso de despidos que sean declarados improcedentes . Lo que viene a ser prácticamente el doble de indemnización, o más del doble en algunos casos. Y aunque es poco frecuente, (casi inexistente), la empresa también puede readmitir al trabajador en caso de despido improcedente. Aunque al ser una opción voluntaria para la empresa (salvo para despidos nulos), rara vez se readmite. En este artículo vamos a explicar algunas ...
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Abogado Laboralista en Castellón. Telf. 662061250 Entre los diversos tipos de despido existentes, nos encontramos con el despido objetivo. Se trata de un despido realizado de forma unilateral por el empresario, cuyas causas -en su mayoría- no tienen nada que ver con una infracción cometida por el trabajador (como ocurre en caso de despido disciplinario), por lo tanto, todas las causas de despido objetivo, están indemnizadas, eso sí, con una cantidad reducida de 20 días de salario por año trabajado. Sin embargo, si el despido objetivo es declarado improcedente (porque no existen las causas alegadas por la empresa, no se cumplen los requisitos, o no se demuestran debidamente) dicha indemnización se incrementaría a 45/33 días de salario por año trabajado , o bien se debería readmitir al trabajador. A continuación, en este artículo, veremos un pequeño resumen sobre el despido objetivo (información básica: sus requisitos y la indemnización que debe abonar la empresa al trab...
Si necesitas consultar o contratar a un abogado laboralista en Castellón, puedes llamarme al teléfono 662061250. La improcedencia del despido objetivo se logrará cuando las causas alegadas por el empresario no sean ciertas o no estén acreditadas. También será despido improcedente cuando no se cumplan los requisitos exigidos para cada tipo de despido objetivo. También cuando el empresario no ponga a disposición del trabajador la indemnización de 20 días de salario por año trabajado (salvo situación de iliquidez justificada). Cuestiones en las que no vamos a profundizar en este artículo. En este artículo vamos a exponer cuales son los efectos del despido objetivo improcedente. Es decir, qué puede conseguir un trabajador demandante en caso de que el despido objetivo impugnado, sea finalmente declarado improcedente. Efectos del despido objetivo improcedente De igual modo que ocurre en caso de despido disciplinario improcedente, el empresario que se ha visto condenado por ...
Si tras leer este artículo, necesitas consultarme, llama al telf. 662061250 En tiempos de crisis -o post crisis- es normal que las empresas justifiquen sus despidos debido a una situación económica adversa. Lo que muchos trabajadores no conocen son los requisitos que debe cumplir la alegada situación negativa en términos económicos, que es precisamente lo que voy a explicar en este artículo. Cuando la empresa despide a un trabajador por causas objetivas , pretende pagarle una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un tope de 12 mensualidades. No obstante, si las causas económicas de este despido son falsas, o no se ajustan a los requisitos exigidos por la Ley, el despido será considerado improcedente, y al trabajador le corresponderá una indemnización de 45 días de salario por año trabajado por la antigüedad acumulada en la empresa hasta febrero de 2012, y 33 días por año trabajado por la antigüedad acumulada en la empresa a partir de febrero de 2012, con t...