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Mostrando las entradas etiquetadas como Demanda por excedencia

Denegación de reingreso tras la excedencia

Abogado Laboralista en Castellón. Telf. 662061250 Puedes solicitar una excedencia voluntaria, por un tiempo no inferior a 4 meses, ni superior a 5 años, si tienes más de 1 año de antigüedad y no pediste ninguna excedencia anterior que haya finalizado hace menos de 4 años. En materia de excedencias es conveniente revisar el Convenio Colectivo aplicable. La excedencia debe solicitarse necesariamente a la empresa, el trabajador no puede imponerla unilateralmente, es necesario un reconocimiento por parte de la empresa. En ningún caso el trabajador puede abandonar su puesto de trabajo hasta que la empresa le reconozca la excedencia, o en su defecto, una sentencia judicial. En el escrito de excedencia debe comunicarse tanto la fecha de inicio como la de fin de la excedencia. Para disfrutar el derecho a la excedencia, se precisa una concesión expresa de esta, es decir, un escrito firmado y sellado por la empresa aceptando la excedencia. Durante la excedencia voluntaria, se suspende e...